Publicada en Miradas al Sur el 18/05/2014

“La composición del Poder Judicial es una conformación corporativa”
Entrevista. Dra. Sofía Lanzilotta y Dra. Lucía Castro Feijóo. Abogadas. Autoras del libro sobre el entramado jurídico que completó el plan de la dictadura en favor de la clase dominante.
Se conocieron estudiando y se hicieron amigas. La afinidad ideológica, el compartir la indignación por lo que veían en el ámbito de la Justicia desde distintos ángulos y la esperanza de que una verdad ayude al cambio, las llevó a encarar una investigación que desembocaría en el libro Justicia y dictadura, operadores del plan cívico–militar en Argentina, editado recientemente por el Centro Cultural de la Cooperación.
Ninguna tenía a priori una idea ingenua de la Justicia cuando iniciaron sus estudios en Derecho. “Empezamos trabajando por fuera del ámbito jurídico; sea como asistentes de abogados particulares o en organismos de Derechos Humanos, más cerca de ellos que de la institución Poder Judicial en sí”, observa Lanzilotta. Allí identifican que no sólo hubo operadores jurídicos, agentes judiciales que colaboraron con el terrorismo de Estado, sino que “la composición misma del Poder Judicial es una conformación corporativa” donde los hijos de los jueces van a ser jueces y donde todo se dirime entre pocas familias que genera una mirada homogénea con un valor parcializado de la Justicia que ellas no comparten. “Es una corporación tan impermeable, tan endogámica, que ingresar en ese ámbito o entender sus lógicas es realmente difícil”, refuerza Castro Feijóo más allá de la apertura que está habiendo, sobre todo desde la Defensoría General de la Nación.
–¿Por qué se habla de “Familia Judicial”?
LCF:
–Porque generalmente vienen de familias con lazos compartidos, con una misma posición económica y social, que comparten ámbitos extrajudiciales y otros espacios comunes. María José Sarrabayrouse –que trabajó mucho sobre este tema– habla inclusive de la concurrencia a los mismos clubes, iglesias.
SL: –Puede que esto ocurra también en muchos espacios privados, pero las funciones jurisdiccionales atañen a toda la población. Deberían representar los intereses mayoritarios para hacer Justicia reflejando los valores de esa sociedad, algo que no puede ocurrir si no es una construcción integral. Son cosas bien distintas las que están en juego.
–Ustedes advierten incluso de jueces impuestos por la dictadura que además daban clases hablando de subversión y justificando el aniquilamiento ¿Cómo fue ése trabajo minucioso de la dictadura en la Justicia y para qué?
LCF:
–Todas las modificaciones hacia el interior de las universidades como hacia el interior del Poder Judicial están inscriptas en la composición civil de la dictadura. No se armó un Poder Judicial paralelo. Se dio sobre la base de una estructura preexistente y esas modificaciones fueron abruptas, violentas: empezando por la promoción o remoción de todos los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), pero también hubo un profundo recambio de magistrados en todos los fueros y todas las instancias, desde el mismo 24 de marzo de 1976. Los nuevos jueces juraron por los estatutos del autodenominado Proceso. Quedaron al frente de la CSJN: Adolfo Gabrielli, Horacio H. Heredia, Alejando R. Caride, Abelardo Rossi y Federico Videla Escalada. Luego se modificaría seis veces incorporándose a Pedro L. Frías, Elías Guastavino, Emilio Daireux, César Black, Carlos A. Renom, Julio J. Martínez Vivot y Emilio Gnecco. Y en el ámbito de la Procuraduría General de la Nación se removió a Enrique C. Petrachi y se impuso a Elías P. Guastavino hasta 1980 y luego a Mario Justo López, hasta 1983.
SL: –En el Estatuto del acta del 24 de marzo se estableció que todos los jueces de la Corte debían ser removidos y que los jueces inferiores también podían serlo. Pusieron especial énfasis en quienes quedarían como jueces federales, porque tramitaban los delitos contemplados en la ley de represión de actividades subversivas; pero también porque después serían quienes tendrían luego la competencia exclusiva de la tramitación de hábeas corpus (HC) que antes podía hacer cualquier juez. Fue algo digitado y premeditado, armado con jueces que responderían por convicción o porque habían sido designados allí para eso.
–¿Cómo era el mecanismo de rechazo de los HC?
LCF:
–Los familiares o amigos de las víctimas pedían un HC, los jueces remitían despachos al ministro del Interior, jefe de la Policía y Comandos de las Fuerzas Armadas (más tarde se dirigían sólo al Estado Mayor Unificado), quienes contestaban invariablemente que el beneficiario de la acción judicial no se encontraba detenido. El magistrado, entonces, rechazaba el recurso y archivaba el expediente. A esto se sumaba que (el ministro del Interior, Albano) Harguindeguy no daba la nómina de “prisioneros legales”. Agreguemos que ni siquiera en los establecimientos legales los detenidos recibían las visitas de “contralor jurisdiccional”, que, sobre todo en los dos primeros años, el procedimiento usual de secuestro de personas que se encontraban detenidas consistió en que se los retirara de las cárceles para interrogarlos, o para asesinarlos o para desaparecerlos sin que la Justicia Federal tomara intervención; era posible el pasaje de la prisión legal a la clandestina y viceversa. Anulaban en la práctica ese recurso sin necesidad de una norma derogatoria pública.
SL: –Sin embargo había casos como el del juez Carlos Pagliere, quien empezó a investigar el HC del abogado que defendía a los trabajadores de la cementera Loma Negra, Carlos Moreno. Tomó su máquina de escribir, llevó al secretario del juzgado, al defensor; los metió a todos en su auto y dijo: “Vamos a buscar a Moreno”. Entrevistó a vecinos, siguió pistas; hasta que con persecución y aprietes lo hicieron renunciar… Él estaba haciendo lo que tenía que hacer. Recientemente, se presentó en una audiencia y recibió una ovación. Se asombró y dijo: “Lo único que hice fue cumplir fielmente el juramento que asumí y esa ha sido mi manera de manejarme en la vida”. El mismo juramento que hicieron todos los jueces, pero muchos hicieron justamente lo contrario.
–¿Cómo opera hasta hoy la dictadura en el Poder Judicial?
SL:
–Ése accionar es el que permitió que pasaran treinta y pico de años y que todo eso estuviera soslayado y que nadie pensara sobre la dictadura y la represión más allá de las Fuerzas Armadas. Aunque en 2010 se condenó a Brusa, recién hace dos años que empezaron los juicios contra operadores jurídicos de la dictadura. Y ahora están las primeras audiencias. Eso demuestra cómo esa construcción de discurso para disimular una actuación o para difundir un imaginario distinto logró que se autolegitimaran. Eso es suficientemente efectivo. Que eso esté empezando a deconstruirse es por la lucha popular y las medidas de un Gobierno que decidió tomar partido en los juicios contra los jueces, los operadores jurídicos y, en general, los juicios de lesa humanidad… pero que llevó más de treinta años. En ese sentido, la post dictadura fue muy larga.
LCF: –Sin embargo, más allá de la coyuntura política, existe un Poder Judicial que termina siendo independiente donde operadores judiciales se cubrieron unos a otros durante años. El caso de Brusa, que es el primer juez condenado, fue destituido por el Consejo de la Magistratura, y no por su accionar en la dictadura sino por un delito común (atropelló a una mujer con su lancha en el delta santafecino) que constituyó la causal de mal desempeño. Se lo destituye y el proceso en su contra sigue. Brusa había sido nombrado juez federal de Santa Fe en 1992 por el Congreso democrático, luego de que fuera empleado y ascendido a secretario en la dictadura. Difícilmente en una jurisdicción con un juzgado federal único vaya a existir un superior que juzgue a ése operador por crímenes cometidos en esa jurisdicción. Esa es una de las dificultades que más encontramos fuera de Capital federal, la de las jurisdicciones federales únicas.
–¿Qué ocurre en el caso Romano, el de Miret, o Romero Victorica?
SL:
–Curiosamente, Romano se fugó a Chile antes de que pidieran su captura –sería bueno saber si no le anticiparon algo– y estuvo preso con prisión domiciliaria en las playas de Chile. Recién a fines del año pasado el Gobierno logró la extradición, aunque se venía pidiéndola a través de la Corte Suprema chilena. Respecto de Miret, empezaron en mayo las audiencias por la causa de Mendoza que también incluye a otros jueces locales.
LCF: –Juan Martín Romero Victorica era el fiscal que se jactaba de sus “cuarenta y siete años en la Justicia”, fue quien defendió a Jaime Lamont Smart, el ex ministro de Gobierno bonaerense de la dictadura. Romero Victorica, se manifestó a favor de los indultos y de la excarcelación de Smart y de Ibérico Saint Jean. Fue quien pasaba información sobre cómo iba el juicio al coronel Hernán Tezlaff, apropiador de Victoria Montenegro. Tuvo denuncias por obstaculizar causas de lesa humanidad y para defenderse dijo que en los años ’70, en la Argentina “hubo una guerra” por la que responsabilizó a “marxistas fascistas”, algunos de los cuales “están hoy en el poder y no les gusta la manera de pensar de algunos hombres de derecho”. Es quien en el 2009 se alegró por la derrota electoral del oficialismo nacional en las legislativas y expresó entonces: “Se sienten suaves y nuevos vientos que están refrescando la justicia”.
<> SL: –Pero también, hay que decir que a Romero Victorica se le aceptó la renuncia ante la Corte, en 2011, poniendo fin a su carrera judicial pero sin afrontar ningún juicio por la defensa de los partícipes de crímenes de lesa humanidad ni por haber filtrado información en esas causas.
–¿Cómo fue el accionar de Zaffaroni?
SL:
–Zaffaroni ya era juez federal el 24 de marzo del '76. La dictadura lo destituyó de su cargo y lo reasignaron a un juzgado de sentencia; es decir que fue pasado a otra área donde tramitó HC hasta que fueron asignados como competencia exclusiva de los jueces federales. Rescatamos en el libro la investigación sobre la militante Inés Ollero, donde Zaffaroni citó a más de 60 testigos y realizó una investigación cabal, dentro de lo que pudo. Y eso que, en general, en los HC, no se cita a tantos testigos. Eso demuestra también una investigación genuina.
LCF: –El caso conocido como “La noche de las corbatas”, porque se trató de una semana en la que desaparecieron a abogados que pedían HC de detenidos en la base naval de Mar del Plata, donde el cuestionado Hooft habría conocido al menos de dos abogados desaparecidos que aparecieron y nunca los citó a declarar en su propio HC como testigos de las desapariciones de los demás, sabiendo que los habían visto en el lugar de detención. Ni siquiera en casos tan palpables se citaba a declarar a testigos; y así todo, Zaffaroni en este caso lo hizo. La visita que haría luego la Comisión Interamericana mencionaría el caso de Inés Ollero como un caso en el que se hicieron las cosas correctamente.
–¿Y Hooft?
SL:
–El caso Hooft es muy curioso. La primera mirada que tuve sobre Hooft en la facultad fue la de uno de los jueces más resonantes en bioética. Uno de los primeros en resolver casos de muerte digna a favor del paciente, sobre la decisión individual sobre el propio cuerpo. Y en ése ámbito, Hooft era el juez más progresista de todos. Después supe de su participación en Mar del Plata; que era muy joven cuando fue nombrado, supe de testimonios que lo señalan presenciando detenciones clandestinas en los mismos centros de detención tortura y muerte.
–En un momento comparan al médico que debiendo llevar alivio participa de la tortura doblando el padecimiento de la víctima, con el operador judicial que debería ayudarle en su situación y la empeora...
LCF:
–Esa figura es de Debora D’Antonio y la sumamos porque nos pareció muy interesante por la similitud de las situaciones. Eran profesionales cumpliendo su función que en vez de responder a un parámetro o criterio humanitario revictimizaban. Y aquí ocurre lo mismo con la posición de garantía de los jueces frente a la persona. Por eso está la justificación del agravamiento de la pena para los funcionarios públicos; porque detentan un lugar de garantía.
–¿Qué cambios valoran de los ocurridos desde el 2003?
SL:
–La Corte Suprema, las resoluciones, el acceso público a las declaraciones juradas, la creación del sistema gratuito de consulta de información jurídica (infojus), y con eso la derivación gratuita de libros de doctrinas y normativos, de todas las especialidades del derecho, de todas las normas, la Constitución y los tratados.
LCF: –El hecho de que cualquiera pueda acceder a información de un fallo judicial podría lograr que los fallos fueran accesibles en términos de lectura; que sean escritos en un lenguaje más llano. Porque el fallo es reflejo de un conflicto de intereses y, si ese fallo da solución a un conflicto, que al menos los interesados puedan comprender lo que la administración de Justicia está diciendo respecto de su conflicto particular. También valoramos la creación de las unidades especiales, específicamente en materia de delitos de lesa humanidad. También que en el marco de la Defensoría General de la Nación, se haya dado el acceso democrático y que quienes aprueban un examen se encuentren en igualdad de condiciones para que se defina quiénes ingresan o no.
SL: –Todavía no se implementó, pero esperamos que funcione, la democratización del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial de la Nación; que recién en abril salió la resolución del ingreso democrático al Ministerio Público Fiscal y ya están anunciadas las fechas tentativas de exámenes. Eso es bien distinto a necesitar de un familiar o contacto adentro para ingresar. Sin embargo, hay muchas trabas todavía y mucha resistencia al cambio.
–¿A quiénes les guardan respeto y admiración?
LCF:
– A Zaffaroni; a Carlos Zamorano, a quien además pudimos conocer y nos acercó material; a Pagliere; a todos los abogados desaparecidos; a todos los jueces perseguidos, a los que tuvieron que renunciar o exiliarse; a Argibay… Son muchos los jueces que merecen un homenaje por haber respetado su función y haber sostenido su juramento cuando eran tiempos difíciles… y a muchos les costó la vida.

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