Otra cautelar en el camino

Revocaron un fallo sobre la ley de medios. La Cámara de Apelaciones revocó una medida dictada por el juez federal Edmundo Carbone que suspendía el artículo 30. Las cooperativas, muy fuertes en muchas provincias, podrán ofrecer el servicio de televisión por cable.
La Cámara de Apelaciones revocó la medida cautelar que inhibía el artículo 30 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que permite a las cooperativas de servicio públicos ofrecer el servicio de televisión por cable.
Dictada en julio pasado por el juez federal de Córdoba Edmundo Carbone, la medida cautelar respondía al reclamo de un cableoperador de Monteros (norte de Córdoba) que cuestionaba una presunta “ventaja desmedida” a favor de las cooperativas respecto de las empresas privadas por estar exentas del pago del Impuesto a las Ganancias, ocultando que esa ventaja se debe a que son empresas que no persiguen fines de lucro y que por esa razón fueron inhibidas de participar desde la última dictadura.La medida cautelar fue luego utilizada para limitar a todas las cooperativas que esperaban, desde hace al menos un año, las licencias de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) para incorporar este servicio.
Luis Lazzaro, coordinador general de Afsca y autor del libro La batalla de la comunicación (Ed. Colihue), señaló a Miradas al Sur que “desde el nacimiento de la ley 22.285 de 1980 (sancionada por la dictadura) se contempló una exclusión que explicitó la imposibilidad de acceder a una licencia de radio o televisión para aquellas sociedades que no fueran sociedades comerciales o personas físicas. La lucha histórica por la igualdad jurídica y porque las entidades sin fines de lucro pudieran acceder a estos servicios caracterizó el período de lucha desde el restablecimiento de la democracia en adelante, conjuntamente con el pedido de una nueva ley democrática”.
En dos oportunidades, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el artículo de la vieja ley, justamente por la proscripción que generaba no sólo de las cooperativas, sino también de todo el sector sin fines de lucro. Esa injusticia recién se reparó con la sanción de la ley 26.522 en octubre de 2009. La única exclusión general que se hizo fue respecto de los prestadores privados de servicios públicos, por entenderse que las empresas de telecomunicaciones en el sector privado sí pueden afectar la competencia. Lo que sí plantea la nueva ley es que previo al dictamen de otorgamiento de la licencia debe haber una opinión de la Comisión de Defensa de la Competencia. Sin embargo, cuando no hay otro prestador, la licencia se da automáticamente sin necesidad de un dictamen de Defensa de la Competencia.
La larga espera. “De 80 cooperativas que se presentaron, 50 esperaban el dictamen –subraya Lázzaro– y es en ese contexto que aparece la medida cautelar iniciada y promovida por cableros del interior sobre los que no tenemos dudas de que están alineados con los intereses de los grupos monopólicos del sector, básicamente Cablevisión. Por eso se paralizaban no sólo los trámites de las cooperativas de servicios públicos, sino todas las tramitaciones del sector cooperativo para sus licencias”.
Cabe recordar que el juez Carbone fue también quien había dictaminado una medida cautelar en favor del Grupo Clarín respecto del artículo 161 de la Ley 26522, llamado por las empresas de “desinversión”, y por el cual los monopolios que generan contenidos no pueden distribuirlos. El artículo busca, asimismo, evitar que quienes ofrezcan contenidos sólo emitan los propios, de modo de diseñar una grilla de carácter plural e inclusivo. En palabras del titular del Afsca, Gabriel Mariotto, el argumento de Carbone era “absurdo” y “contra la economía social”.
Listos para obtenerla. “Estimamos que en la primera quincena de diciembre de este año, si los organismos del Estado actúan con celeridad vamos a tener la licencia de la Afsca”, señaló el presidente de la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa (CPE), Oscar Nocetti, quien observó que da por supuesto que “el Estado está tan interesado como nosotros en pluralizar las voces”, al tiempo que se pronunció contrario a los monopolios y deseoso de poder competir como lo hacen con el gas, la telefonía e internet. “Queremos que el socio pueda elegir”, subrayó, y aseguró que el servicio no superaría los cien pesos (contra los casi 130 de abono que exige Cablevisión en la zona).
Los argumentos en contra de las cooperativas han sido varios a lo largo de los tiempos. Se ha hablado de presuntas posiciones monopólicas cuando en realidad se trata de una organización de los vecinos para darse un servicio a sí mismos –algo que los distingue de otro tipo de organización empresaria–, ocultando que son entidades que prestan servicios allí donde el mercado no encuentra un interés comercial relevante. En este caso, el argumento fue una supuesta ventaja económica por no tener que pagar Impuesto a las Ganancias.
En una segunda instancia hubo una revisión por parte de un nuevo juez en la causa, que finalmente entendió que no correspondía la continuidad de la medida cautelar. En segundo lugar, que no debió haberse ordenado la paralización de las tramitaciones en función de ese argumento.
“Tenemos la expectativa –puntualizó Lázzaro– de que se pueda recuperar un escenario de competencia genuina frente a lo que ha sido verdaderamente la amenaza principal para todos los usuarios, que es la concentración monopólica con tarifas abusivas y discrecionalidad en el manejo de la grilla. Nuestra aspiración es que, tal y como lo establece la Constitución, haya igualdad jurídica y posibilidad de competencia.”.